8 jul 2008

"La Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia emitió la resolución en la cual dispone en última instancia incrementar hasta por 35 años la condena impuesta a Víctor Polay Campos, así como al resto de la cúpula del Movimiento Revolucionario Túpac Amaru (MRTA), confirmando además la calificación de grupo terrorista.El fallo "Sentencia Suprema Ejecutoria del 12 de marzo del 2008, recaída en el Recurso de Nulidad 3132-2006", que consta de 65 páginas, ha sido remitido a las partes luego de 97 días de haberse pronunciado, informó hoy el procurador antiterrorista, Julio Galindo.La sentencia determina incrementar de 32 a 35 años las condenas para los cabecillas emerretistas Polay Campos y Miguel Rincón, actualmente recluidos en el penal de máxima seguridad de la Base Naval del Callao.Asimismo, para Lucero Cumpa Miranda se incrementó su pena de 28 a 30 años, mientras que para Alberto Gálvez Olaechea de 23 a 24 años".

La Corte Suprema de Justicia recientemente ha sentenciado a Víctor Polay Campos a 35 años de prisión.
Destacadas personalidades de nuestro país, como don Armando Villanueva, Javier Valle Riestra, profesores universitarios y dirigentes sindicales de reconocido prestigio, consideran que los hechos encabezados por Víctor Polay constituyeron actos de REBELION y no de terrorismo. Y, por tanto, la pena máxima aplicable debió ser de 25 años. No obstante ello, los vocales a cargo de la causa han ignorado estas autorizadas opiniones de carácter político, jurídico, académico y popular.
Así mismo, los vocales no han tenido en cuenta las cruentas condiciones de reclusión a las que es sometido Víctor Polay, condiciones estrictamente prohibidas por las Normas Mínimas de Carcelería establecidas por las Naciones Unidas. Todo ello con la finalidad de quebrarlo física, psíquica y emocionalmente. Diversos peritajes efectuados por médicos e instituciones de reconocido prestigio así lo han establecido y confirmado.
Tampoco se ha tenido en cuenta el esclarecedor informe elaborado por la Comisión de la Verdad y Reconciliación.
Por tanto, al amparo del art. 139, inc. 20 de la CONSTITUCION POLITICA DEL PERU, consideramos que la sentencia de 35 años a Víctor Polay es arbitraria e injusta.
Expresemos pacífica y democráticamente nuestra disconformidad con ese injusto y arbitrario fallo participando en el PARO NACIONAL DEL 9 DE JULIO.

Punto de pre concentración:
Esquina de la Av. Alfonso Ugarte cuadra 5 con Jr. Angaraes (a una cuadra de la Plaza 2 de Mayo)... Hora: 09:30 am.
Marcha a la concentración: Hacia la Plaza 2 de Mayo.
Acompanando la banderola: "Polay Libertad". Hora: 11:30

VICTOR POLAY…y sus compañeros ¡LIBERTAD!


El Comité Organizador

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